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ROSAS Y LAS FIESTAS PATRIAS
                          

Juan Manuel de Rosas

(01) El pensamiento de Rosas
(02) Rosas y el 9 de Julio
(03) Decreto declarando "Fiesta Patria"
(04) Legado de Juan Manuel de Rosas
(05) Fuentes.
(06) Artículos relacionados.


El pensamiento de Rosas

Rosas fue siempre un obsesionado por el orden y escrupuloso defensor de las leyes y las autoridades establecidas, por lo que ganó el título de “El Restaurador de la Leyes”. La revolución de mayo no fue una subversión de la autoridad de Fernando VII, sino hecha en su nombre y en preservación de su autoridad derrocada. La historiografía mitrista-liberal le dio otro sentido, y quiso presentar a Rosas como “contrario” a la revolución. Rosas fue sin embargo el que interpretó fielmente el espíritu de los hechos de Mayo, según se desprende de sus propias palabras.

En la conmemoración de 25 de mayo realizada por Rosas en 1836, dio lugar a una ceremonia de muy tocante proporción. Se realizó en el Fuerte, en presencia del cuerpo diplomático, autoridades y sociedad porteña. En su discurso, dijo el Restaurador:

“¿Qué grande, señores, y que plausible debe ser par todo argentino este día, consagrado por la Nación para festejar el primer acto de soberanía popular que ejerció este gran pueblo en mayo del célebre año mil ochocientos diez! ¡Y cuán glorioso es para los hijos de Buenos Aires haber sido los primeros en levantar la voz con un orden y una dignidad sin ejemplo! No para sublevarnos contra las autoridades legítimamente constituidas, sino para suplir la falta de las que, acéfala la Nación, había caducado de hecho y de derecho. No para revelarnos contra nuestro Soberano, sino para preservarle la posesión de su autoridad, de que había sido despojado por un acto de perfidia. No para romper los vínculos que nos ligan a los españoles, sino para fortalecernos más por el amor y la gratitud, poniéndonos en disposición de auxiliarnos con mejor éxito en sus desgracias. No para introducir la anarquía, sino para preservarnos de ella y no ser arrastrados al abismo de males, en que se hallaba sumida la España”

Luego de señalar que estos fueron los grandes y plausibles objetos del memorable Cabildo Abierto, recordó la falta de comprensión que hubo por parte de la España liberal de los Borbones, restablecida en el más duro absolutismo, por cuyos personeros fuimos “hostigados y perseguidos de muerte”, hasta que – agregó –“cansados de sufrir males sobre males, sin esperanzas de ver el fin, y profundamente conmovidos del triste espectáculo que presentaba esta tierra de bendición, anegados en nuestra sangre inocente con ferocidad indecible por quienes debían economizarla más que la suya propia, nos pusimos en las manos de la Divina Providencia, y confiados en su infinita bondad y justicia, tomamos el único camino que nos quedaba para salvarnos; nos declaramos libres e independientes de los Reyes de España, y de toda otra dominación extranjera

Terminó “renovando aquellos nobles sentimientos de orden, lealtad y felicidad que hacen nuestra gloria, para ejercerlos con valor heroico en sostén y defensa de la Causa Nacional de la Federación, que ha proclamado la República” (La Gaceta Mercantil. N° 3893, p. 2 y 3. Buenos Aires, 27 de mayo de 1836)

Esta versión de los acontecimientos de 1810 y del difícil período que le sucedió hasta la declaración de la independencia de 1816, es a todas luces la correcta y ajustada a los hechos históricos. (AGM. Proceso al liberalismo argentino. p.82)


Rosas y e 9 de Julio

Recopilación de Leyes y Decretos

DECLARANDO FERIADO EL ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA

Buenos Aires, julio 6 de 1826

Art. 1. El día 9 de julio, aniversario de la independencia de las Provincias Unidas, será feriado.

2. Las demostraciones públicas que en él se hagan, se reducirán á las tres salvas de costumbre de la fortaleza, baterías y escuadra nacional, con iluminación en la víspera y en el día.

3. Comuníquese a quienes corresponde y dése al Registro Nacional.- (Registro Nacional, Libro 2.)


Nótese que durante la época rivadaviana, en el decreto de 1826, se lo declara "Feriado" y limita las demostraciones del aniversario de la independencia, las que "se reducirán a las tres salvas de costumbre...".

El Decreto de 1826 minimiza el aniversario de la Independencia, a "fiesta de segunda" en relación a Mayo... Seguramente, por el agregado que le hicieron al Acta del 9 de Julio; el Acta de la Independencia dice: independencia "de Fernando VII, sus sucesores y metrópoli" . Diez días después, el 19 de julio le agregaron "y de toda otra dominacion extanjera". Esto, sin dudas, debe haber provocado un principio de úlcera a los patrones de don Bernardino y compañía.

Sin embargo en la época rosista, en el decreto de 1835, se lo declara "Fiestas Solemne" se le da mayor importancia que en aquél.


DECRETO (1)

DECLARANDO FIESTA SOLEMNE EL DÍA 9 DE JULIO

Decreto del 11 de junio de 1835 ¡VIVA LA FEDERACIÓN!

Buenos Aires, Junio 11 de 1835.——————
Año 26 de la Libertad, 20 de la Independencia,
y 6 de la Confederación Argentina —————

Art. 1. En lo sucesivo el día 9 de Julio será reputado como festivo de ambos preceptos, del mismo modo que el 25 de Mayo; y se celebrará en aquel misa solemne con Te Deum en accion de gracias al Ser Supremo por los favores que nos ha dispensado en el sosten y defensa de nuestra independencia politica: en la que pontificará, siempre que fuese posible, el muy reverendo Obispo Diocesano, pronunciándose tambien un sermon análogo á este memorable día.

2. En la víspera, y el mismo día 9 de Julio, se iluminará la ciudad, la Casa de Gobierno y demas edificios públicos, haciéndose tres salvas en la Fortaleza y buques del Estado, según costumbre.

3. Queda sin ningun valor ni efecto el decreto de 6 de Julio de 1826, en la parte que estuviese en oposicion con el presente.

4. Comuníquese y publíquese según corresponde,— (Registro oficial, libro 14).

(1) (Recopilación de las Leyes y Decretos promulgados en Buenos Aires, desde el 25 de Mayo de 1810, hasta fin de diciembre de 1835. Imprenta del Estado. Buenos Aires, 1836; págs. 1.280 a 1.281. Arch. Fundación "Dr. RAMÓN CARRILLO"). Nótese que la fecha del DECRETO es coincidente con el 255º Aniversario de la Fundación de la Ciudad de Buenos Aires.


Legado de Rosas: el sentimiento patriótico

JUAN MANUEL DE ROSAS. La ley y el orden

Durante la agresión anglo-francesa de 1845, se aproxima la fecha del 9 de julio, cuya celebración anual ha dispuesta por primera vez por Rosas, y "La Gaceta" publica un artículo de fondo el día 6 de julio, donde se dice:

“A despecho de la poderosa agresión europea, la Confederación Argentina está en el alto y pleno ejercicio de su soberanía, sin defecto, sin restricción sin menoscabo alguno: tan íntegra e inmaculada como salió de las manos de sus representantes el 9 de julio de 1816. A la presente generación le ha cabido la dicha de cumplir el grandioso juramento de aquel día. Vida, haberes y fama, todo se ha prodigado, por la independencia de la patria...”

El cura de San Nicolás de Bari, desde el pulpito, se adhiere al sentimiento compartido por la población, y el día 10 de julio “La Gaceta” transcribe nuevamente una vibrante página:

“Los patriotas que fundaron nuestra independencia –dice La Gaceta- la juraron ante un ejército español; el gobierno de Rosas la ha sostenido y afirmado bajo el estampido del cañón anglofrancés, resistiendo heroica y hábilmente la guerra militar de exterminio y la guerra política de dos potencias colosales”

Con tales actitudes, no sólo defendía y sostenía Rosas la integridad del territorio nacional, sino que fortificaba también el carácter y unidad espiritual de los argentinos, para los cuales no ha sonado la retreta de Caseros.

"La revisión de la historia -observa acertadamente Arturo Jauretche en “Política nacional y revisionismo histórico”- ha puesto ya en evidencia que todos los conflictos que han precedido a Caseros no han sido más que los distintos aspectos de la lucha entre el país que quería realizarse, según su modo americano y tradicional y la finalidad británica de acomodarlo a su esquema imperialista.”

"La Argentina debe realmente a Rosas -asegura Keyserling, en "Meditations suramericaines” -
tener hoy más carácter y estilo que la mayor parte de los otros estados del continente americano”… “Esa obra de Rosas -juzga el filósofo-, fue consolidada definitivamente por Irigoyen".

En Caseros se intentó vender una nación, pero sólo se consiguió traicionar a un gobernante.


Fuentes:

- Castagnino Leonardo Juan Manuel de Rosas. La ley y el orden
- Irazusta, Julio. Vida política de Juan Manuel de Rosas.
- García Mellid, Atilio. Proseso al liberalismo argentino. Bs.As.1964 Edicones Theoría.
- Muñoz Azpiri, José Luis. Rosas frente al imperio inglés.
- Obra citada. Gentileza de la Fundación Ramón Carrillo
- La Gazeta Federal www.lagazeta.com.ar


Ver notas relacionadas:

- La educación en la época de Rosas
- El Restaurador de la Leyes
- Rosas y San Martin
- Vuelta de Obligado

Ver en el indice más Historia Argentina.

Fuente: www.lagazeta.com.ar



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