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EL GERMEN DEL FEDERALISMO
(01) La nota a la Junta de Bs.As.
(02) Fuentes
(03) Artículos relacionados.
La nota a la Junta de Bs.As.
Asunción comunica a Buenos Aires las resoluciones del Congreso de junio de 1811, y la hace con una nota de la pluma de Gaspar Rodríguez de Francia.
La nota es un notable documento que no se limita a una simple descripción de lo resuelto en el congreso, si no que hace propuestas sobre la formación de una federación.
Dice la nota que, habiendo los pueblos reasumido sus derechos, ahora se hallan todos en igualdad y que les corresponde velar pos su propia conservación.
Propone la formación de una confederación compuesta por las provincias comprendidas en los limites del Virreinato, por ser pueblos “no solo de un mismo origen, sino que por el enlace de particulares recíprocos intereses parecen destinados por la naturaleza misma a vivir y a conservarse unidos”
Y continúa la nota:
“Este ha sido el modo como ella por si misma y a esfuerzos de su propia resolución, se ha constituido en libertad, y en el pleno goce de sus derechos; pero se engañaría cualquiera que llegase a imaginar que su intención había sido entregarse al arbitrio ajeno, y hacer dependiente su suerte de otra voluntad. En tal caso nada más habría adelantado, ni reportado otro fruto de su sacrificio, que el cambiar unas cadenas por otras, y mudar de Amo. V.E. ni ningún apreciador justo y equitativo extrañará que en el estado a que han llegado los negocios de la Nación sin poderse aún divisar el éxito que pueden tener; El Pueblo del Paraguay desde ahora se muestra celoso de su naciente libertad, después que ha tenido valor de recobrarla. Sabe muy bien, que si la libertad puede a veces adquirirse o conquistarse; Una vez perdida no es igualmente fácil volver a recuperarla. Ni esto es recelar que V.E. sea capaz de abrigar en su corazón intenciones menos justas, menos rectas y equitativas; muy lejos de esto, cuando la Provincia no hace más que sostener su libertad y sus Derechos; se lisonjea esta Junta que V.E. aplaudirá estos nobles sentimientos, y considerando cuanto en favor de nuestra causa común puede esperarse de un Pueblo grande que piensa y habla con esta franqueza y magnanimidad. La Provincia del Paraguay Exmo Sr. reconoce sus Derechos no pretende perjudicar aun levemente los de ningún otro Pueblo, y tampoco se niega a todo lo que es regular y justo. Los Autos mismos manifiestan a V.E. que su voluntad decidida es unirse con esa Ciudad y demás confederadas no solo para conservar una recíproca amistad , buena armonía, comercio y correspondencia, sino también para también para formar una sociedad fundada en principios de justicia, de equidad y de igualdad. A este fin ha nombrado ya su Diputado para que asista al Congreso de las Provincias , suspendiendo como desde luego queda suspendido hasta su celebración y suprema decisión, el reconocimiento de las Cortes y consejo de Regencia de España y de toda otra cualesquiera representación de la autoridad suprema o Superior de la Nacion, bajo las declaración siguientes - Primera: Que mientras no se forme el Congreso general esta Provincia se gobernará por si misma, sin la que Exma. Junta de esa Ciudad pueda disponer, y exceder jurisdicción sobre su forma de Gobierno, régimen, administración ni otra alguna causa correspondiente a ella. Segunda; que restablecido el Comercio, dejará de cobrarse el peso de plata que anteriormente le exigía esa Ciudad, aunque a beneficio de otras, por cada tercio de Yerba con nombre de Sisa y Arbitrio respecto a que hallándose esta Provincia Fronteriza a los Portugueses en urgente necesidad de mantener alguna tropa por las circunstancias del día, y también cubrir los Presidios de las Costas de del Río contra la invasión de los Infieles aboliendo la insoportable pensión de hacer los vecinos a su costa este servicio; es indispensable a falta de otros recursos cargar al ramo de la Yerba aquel u otro impuesto semejante. Tercera: que se extinguirá el Estanco del Tabaco, quedando libre comercio como cualesquiera frutos y producciones de esta Provincia; y que la partida de esta especie existente en la Factoría de esta Ciudad comparada con el dinero de la Real Hacienda se expenderá a cuenta de la misma Provincia para el mantenimiento de su tropa, y de la que ha servido en la guerra pasada y aún se encuentra mucha de ella sin pagarse. Cuarta: que cualquier reglamento, forma de gobierno o constitución que se dispusiese en dicho Congreso general no deberá obligar a esta Provincia hasta tanto se ratifique en Junta plena y general de sus habitantes y moradores.
Como vemos, la nota es clara al exponer la buena voluntad de Asunción de unirse en confederación con las demás provincias en igualdad, como así también es contundente en hacer reserva de sus derechos.
Plantea la igualdad de todas las provincias , exige la derogación de impuestos cobrados por la capital, y deja la resolución del Congreso general sujeta a la ratificación de los paraguayos. Es demasiado pedir. Buenos Aires no rechaza explícitamente la nota, pero no está dispuesta a renunciar al cobro de impuestos ni a perder la supremacía que pretendía.
La nota del 20 de julio, que podría haber sido el germen y base de una constitución para las Provincias Unidas del Río de la Plata, no es tenida en cuenta por Buenos Aires. Esto queda demostrado con las actitudes posteriores de Buenos Aires, que hará de todo para someter a las provincias en general y a Paraguay en particular, lo que traerá como consecuencia la separación de las provincias de Paraguay y Banda Oriental.
Copyright © La Gazeta Federal / Leonardo Castagnino
Fuentes:
- Julio César Chávez. Relaciones entre Buenos Aires y Paraguay.
- Gaceta de Buenos Aires.
- Castagnino Leonardo. "Soy Federal. Francia, Artigas y Rosas. La línea Federal"
- LA GAZETA FEDERALwww.lagazeta.com.ar
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Fuente: www.lagazeta.com.ar
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