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PACTOS, TRATADOS y ACUERDOS
                          

Tratado de Pilar (23/02/1820)
La firma del Tratado Del Pilar, significó el orígen del federalismo nacional. Firmado en la primitiva capilla Del Pilar, puso fin a la guerra entre las provincias de entre Ríos y Santa Fe contra Buenos Aires.

Pacto de Benegas (23/02/1820)
La firma del tratado de Benegas tuvo una importancia estratégica para el dominio de Buenos Aires sobre las provincias del Interior Argentino.

Tratado Cuadrilátero (25/01/1822)
Se afirma el federalismo; el Congreso, al reunirse, fijaría los límites entre las provincias y regularía la libertad de navegación y la de comercio.

Pacto de Cañuelas (25/01/1822)
Luego de la revolución del 1° de diciembre de 1828 y del fusilamiento del gobernador Manuel Dorrego el 13 de diciembre de 1828, quedan enfrentados los federales y unitarios, representados los primeros por Estanislao López en Santa Fe y Rosas en la provincia de Buenos Aires, (a cargo de la comandancia del ejercito en dicha provincia) y los segundos por Lavalle y los “decembristas” unitarios que intrigaron para el fusilamiento de Dorrego.

Pacto Federal (04/01/1831)
Es la ley fundamental de la Confederación Argentina, entre 1831 y 1852; consagra el sistema federal;(Ver Juan Manuel de Rosas ) establece la igualdad de trato en todos los puertos y la libertad de comercio y navegación; crea un órgano federal (la Comisión representativa) con facultad de citar a un Congreso General Federativo, de celebrar tratados de paz, de declarar la guerra y de levantar el ejército.

Tratado Southern-Arana (14/11/1849)
Entre Gran Bretaña y la Confederacion Argentina poniendo fin al conflicto anglo-francés.

Protocolo de Palermo (06/04/1852)
Convoca a la Comisión representativa creada por el Pacto Federal; le encarga las relaciones exteriores a Justo José de Urquiza.

Tratados de Río de Janeiro (12 de octubre de 1852)

Acuerdo de San Nicolás (31/05/1852)
En cumplimiento del Protocolo de Palermo y del Pacto Federal, convoca a un Congreso General Constituyente, a formarse por dos diputados por cada provincia, que sancionará la Constitución bajo el sistema federal, a mayoría de sufragios, estando los diputados libres de condición ni restricción alguna; establece la libertad de tránsito y lo designa a Urquiza, Director provisorio de la República Argentina, ratificándole el manejo de las relaciones exteriores y otorgándole facultades militares.

Pacto de San José de Flores (11/11/1859)
Buenos Aires se declara parte integrante de la Confederación Argentina; verificará su incorporación por la aceptación y jura solemne de la Constitución nacional siempre que la Convención Provincial no la observe; si la Convención Provincial manifestara la necesidad de hacer reformas a la Constitución, el Congreso federal legislativo convocará a una Convención ad hoc para que tome en consideración las mismas; se garantiza la integridad del territorio de Buenos Aires, que no podrá ser dividido, sin el consentimiento de su Legislatura.

Proyecto Constitución de 1853
Desconocido proyecto de Constitución de 1853. Propone la descenstralizacion de la Confederación Argentina.

Constitución de 1853

Tratado de "Puntas del Rosario" (1864)
Antecedente del tatado de la Triple Alianza, que desencadenaría la Guerra del Paraguay de la "La Triple Alianza".

Tratado de "La Triple Alianza" (1/5/1865)
Firmado entre Argentina, Uruguay y Brasil, antes de la Guerra del Paraguay, inlcuida un "tatado secreto" que siponía la destruccion del Paraguay y el reparto de territoris como "botin de guerra".

Pacto Roca-Runciman (1/5/1933)
El escandaloso tratado comercial de carnes con Inglaterra

En un banquete ofrecido a la delegación argentina el 10 de febrero de 1933, el Príncipe de Gales dice, como para empezar a romper el hielo: “Es exacto decir que el provenir de la Nación Argentina depende de la carne. Ahora bien: el porvenir de la carne argentina depende quizás enteramente de los mercados del Reino Unido”. (Julio y Rodolfo Irazusta. “la Argentina y el imperialismo británico. Buenos Aires. 1934. p. 34). El propio Roca, ya con el hielo completamente roto, le contesta que “Argentina, por su interdependencia recíproca, es, desde el punto de vista económico, una parte integrante del imperio británico”, (J. A. Roca (h). Discursos, escritos, homenajes. Buenos Aires. 1943.p.55) y Por su parte Sir “el cata” William Leguizamón agrega: “La Argentina es una de las joyas más preciadas de la corona de su Graciosa Majestad”.

También formaba parte de la delegación, Federico Pinedo, debidamente asesorado por el economista inglés Otto Niemeyer en las medidas adoptadas en el sistema de transporte con la fundación de ferrocarriles y tranvías de Buenos Aires, en la fundación del Banco Central y en la creación de la Junta Nacional de Granos.

En el diario “The Spectator” de Londres, en 1931 William Barton manifiesta que “Argentina hace tiempo que es prácticamente una colonia británica”, y por su parte Sir Arthur M. Samuel afirma en el parlamento británico: “La mejor solución de los problemas…es que la Argentina se convierta en declarado miembro del Imperio Británico”. (The Buenos Aires Herald. 12 de febrero de 1933)

Constitución de 1949


Fuente: www.lagazeta.com.ar

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