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LA CONSTITUCIÓN Y LA DIVISIÓN DE PODERES
Por Leonardo Castagnino

                          
Soy Federal. Francia, Artigas y Rosas

(01) Gaspar Rodriguez de Francia
(02) José Artigas
(03) Juan Manuel de Rosas
(04) División de poderes
(05) Fuentes
(06) Artículos Relacionados


Gaspar Rodriquez de Francia

El primero en proponer una confederación de provincias autónomas, fue el paraguayo Gaspar Rodríguez de Francia en nota dirigida en 1811 a la Junta de Buenos Aires, y como era de esperar, la Junta porteña ignoró la propuesta de Francia, quien luego fue dictador perpetuo del Paraguay separado y autónomo.


José Artigas

El segundo en proponerlo fue el oriental José Artigas, que lo propuso casi en simultaneo con el paraguayo, y cuya propuesta iba implícita en las instrucciones a los diputados orientales nombrados por los cinco cabildos autónomos de la Banda Oriental para incorporase al Congreso Constituyente (o Asamblea de año XIII) convocada por los directoriales porteños, promovida por la logia Lautaro, bajo la preponderancia de Carlos María de Alvear. Las instrucciones estaban redactadas en varios artículos, entre los que estaban:

Art.2°. No admitirá otro sistema que el de confederación para el pacto recíproco con la Provincias que forman nuestro Estado.

Art.4°. Como el objeto y el fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, Libertad y seguridad de los Ciudadanos y los pueblos, cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación.

Art.5°. Así éste como aquél se dividirán en poder legislativo, ejecutivo y judicial.

Art.6°. Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí, y serán independientes en sus facultades.

Art.7° El gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar al Gobierno de cada Provincia.

Art.11°. Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la confederación a las Provincias unidas juntas en congreso.

Art.17°. Que esta Provincia tiene derecho para levantar (formar) las Regimientos que necesite, nombrar los oficiales de la Compañía, reglar la Milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el Derecho de los Pueblos para guardar y tener armas.

Art.18°. El Despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la Soberanía de los Pueblos.

Art.19°. Que precisa e indispensablemente sea fuera de Buenos Aires donde resida el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas.

Eran demasiadas exigencias para digerir por el porteñismo liberal de las logias, y con argumentos "formales" se impidió la incorporación de los diputados orientales a la Asamblea.

Comenzó así el enfrentamiento de porteños y pajueranos, que derivó en la formación de la Liga de Pueblos Libres (Banda Oriental, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Santa Fe y Córdoba) con sede de gobierno en Purificación, y que en el Congreso de Arroyo de la China (Entre Ríos) del año 1815, declaró la "independencia de España y de toda potencia extranjera". Esta declaración fue rechazada por Buenos Aires, lo que a la larga trajo como consecuencia la separación de la Banda Oriental.

Soy Federal. Francia, Artigas y Rosas


Juan Manuel de Rosas

El tercero en proponer una confederación fue Juan Manuel de Rosas, formalizada con el Pacto Federal de 1831, firmado por Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, y al que luego adhirieron el resto de las provincias.

Según lo explicara el propio Rosas en varios documentos, (entre ellos en la Carta de Hacienda de Figueroa), "la Constitución no une a los pueblos sino que los representa unidos", para lo cual debe organizarse cada provincia antes de dictar una constitución que las represente, porque "no puede formase un cuerpo sano con miembros enfermos".

Inclusive proponía para sede del Congreso, "fundar una nueva ciudad que no pertenezca a ninguna provincia, como hicieron en Norteamérica, que fundaron Washington que no pertenece a ningún Estado"


División de poderes

Lo precedente lo desarrolle con detalle en mi libro "Soy Federal. Artigas, Rosas y Francia. Línea histórica del federalismo"

Como vemos, el pensamiento de los tres hombres, Francia, Artigas y Rosas, son coincidentes.

Algunos menosprecian la historia porque según dicen, "son cosas del pasado". Sin embargo el progreso de la ciencia, de la cultura y de la humanidad toda, depende de la memoria y la transmisión del conocimiento, y aquellos pueblos que no conocen su historia (y sus errores), están condenados a repetirla y hasta sucumbir.

Según dijera Carlos Marx, "La historia se repite dos veces: primero como tragedia y en segundo lugar como farsa", pero lamentablemente el bonachón de Marx no tuvo la oportunidad de conocer nuestros últimos doscientos años de historia, y de haberla conocido, tal vez hubiera agregado una tercera vez, repetida como farsa trágica.

Sería bueno entonces que los argentinos recordemos algunos conceptos de esos tres grandes hombres, sobre todo aquello del respeto a la Constitución y la división de poderes ejecutivo, legislativo y judicial, que jamás podrán unirse.

Leonardo Castagnino
Copyright © La Gazeta Federal

Fuente: - Castagnino Leonardo Soy Federal. Artigas, Rosas y Francia. La línea histórica Federal
- La Gazeta Federal www.lagazeta.com.ar

                          

Puede ver tambien:

- Paraguarí
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- Paraguay federalista
- Gaspar Rodríguez de Francia
- Congreso de junio de 1811
- independencia paraguaya
- “Los bandeirantes”
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- “El grito de Asencio”
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- La Confederación Argentina
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- El Restaurador de las Leyes
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